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solicita eximision de impuestos año 2017 por discapacidad.
Acta 497 se da despacho a minuta al ejecutivo:
MINUTA DE COMUNICACION
Comuniquesé al Departamento Ejecutivo que en la redaccion de la próxima ordenanza Fiscal se contemple el siguiente agregado al artículo 264: “Quedarán Exentos de este nuevo impuesto los vehiculos municipalizados destinados al uso exclusivo de personas que posean un discapacidad, debiendo ser ser acreditado ante la autoridad competente según lo requiera la reglamentacion del presente. Se reconocerá el beneficio por única unidad cuando la misma esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio, en este ultimo caso el titular deberá ser el cónyugue, ascendiente, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial o conviviente”. Se deja a consideracion del Departamento Ejecutivo incluir a los jubilados y pensionados. |