Ordenanza Nº 3500 Reg HCD Nº 3371 Expte: C-15424/24 Sancionada el 02/09/2024
  Modificación ordenanza 3453 (pochoclos, habilitaciones comerciales)  
 

O R D E N A N Z A

Inciso 2 derogado por ordenanza 3510

Encabezado articulo 2 modificado por ordenanza 3510

ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 49o de la Ordenanza No 3453/2023 que quedará redactado de la siguiente forma: Establézcase los requisitos que deberán cumplir, quienes aspiren a ser beneficiarios de puesto de venta de pochoclos, manzanitas, higos, garrapiñadas, pirulines, paletas de caramelo y copos de nieves:

1) Fotocopia autenticada del Documento de Identidad, donde conste domicilio en el Partido de Villa Gesell con una antigüedad no menor de cinco (5) años.

2) Libreta Sanitaria. (derogado por ordenanza 3510)

3) Constancia de C.U.I.T.

4) Uso obligatorio de delantal, cofia y/o gorro y guantes para la manipulación de los alimentos.

Ordenanza con error en articulo 2, deroga el art 3 de la ordenanza 1846, que ya habia sido derogada por la Ordenanza 3453

 
Despacho de Comisión de: s/d
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